El presente libro pretende ser un manual actualizado y, asimismo, una guía para la enseñanza del Derecho Procesal utilizando metodología activa. Está dividido en varias unidades o clases, las cuales contienen una información sobre los distintos temas, información que corresponde básicamente a lo que en nuestro país conocemos como manuales. Además, cada unidad contiene algunos o todos de los siguientes elementos relacionados con su contenido: preguntas, casos hipotéticos y jurisprudencia. La metodología sugerida en el presente libro supone, idealmente, que el alumno prepare cada clase con anterioridad a la misma, de modo que en la clase propiamente tal mayoritariamente sólo se discutan las preguntas, los casos y la jurisprudencia. Se pretende, de este modo, aliviar al profesor de las clases puramente expositivas, en las que muchas veces tiene que repetir lo dicho en los manuales o en los Códigos. El alumno, por su parte, con las clases expositivas puede prescindir de la asistencia a éstas cuando le es posible encontrar la misma información en otros textos. En cuanto a la evaluación, la mayoría de las veces el alumno se limita a una transmisión memorística de aquello que le ha sido proporcionado como información, la cual es olvidada al poco tiempo de rendir la prueba o el examen.
La evaluación que se recomienda puede ser a través de una examinación oral o escrita, en la cual el alumno sea interrogado sobre casos, preguntas o jurisprudencia, iguales o similares a las tratadas en clases. En caso de pruebas orales se recomienda la utilización de fichas, para poder otorgar un tiempo prudencial de preparación (no más de 10 a 15 minutos), permitiéndose en todo caso la consulta de Códigos, sin perjuicio de exigirse el manejo de los conceptos fundamentales de la materia.
Se propone que el profesor sea fundamentalmente un director del debate, pudiendo explicar y sistematizar aquello que crea necesario.
El sistema activo tiene como trasfondo asumir que el Derecho en general y el Derecho Procesal en particular no son una ciencia exacta y, por ende, no existe “la respuesta correcta”, sino varias que dependen del caso, del pensamiento de un juez frente al mismo y de la evolución del Derecho, lo cual no obsta a que se puedan utilizar criterios generales de los tribunales que puedan formar algo parecido a jurisprudencia, fuente del Derecho no reconocida en Chile.